EAS Barcelona

Convocan ocho jornadas de huelga en Navidad en el handling de Iberia

Iberia

Iberia ha emitido un extenso comunicado en el que considera «irresponsable» la huelga convocada por los sindicatos mayoritarios UGT y CC.OO en el servicio de handling que su filial Iberia Airport Services presta. Los paros se han convocado los días 29, 30 y 31 de diciembre y 1, 4, 5, 6 y 7 de enero.

La huelga la han convocado los sindicatos para forzar a Iberia a que realice autohandling a las compañías del Grupo IAG, pues temen que al pasar a depender de las empresas que han ganado el concurso de handling de Aena en detrimento de Iberia pierdan los derechos adquiridos.

Con TELEGRAM recibirás en tu móvil al instante nuestras noticias. Clica aquí y síguenos: t.me/aerotendencias

Desde que se conoció la resolución del concurso de AENA el pasado 26 de septiembre, y en paralelo al proceso judicial legítimamente emprendido por la compañía y por los propios sindicatos para defender los intereses del negocio de handling en el Grupo, Iberia lleva trabajando intensamente con los representantes sociales para encontrar una solución mixta y viable que permita satisfacer las principales inquietudes de sus trabajadores.

Una huelga como la convocada ahora por los sindicatos para Navidad daña irreparablemente el derecho a las vacaciones y a la reunificación de familias y amigos en fechas tan señaladas y lo hace, en este caso, de manera irresponsable y carente de sentido.

Una huelga se convoca para defender los derechos sociales adquiridos o futuros de los trabajadores, los derechos laborales, los derechos económicos, los derechos sindicales.

En este caso, ninguno de estos derechos se ve mínimamente afectado o amenazado. Esos derechos quedan protegidos gracias a la reciente firma del V Convenio del sector, suscrito por todos los sindicatos, también por los que ahora convocan esta huelga irresponsable en Navidades.

El V Convenio del Sector, que rige las relaciones laborales en la industria de los servicios de handling, garantiza las subrogaciones de todos los trabajadores pertenecientes a empresas que han perdido los concursos, en este caso Iberia, a adjudicatarias del concurso de AENA. Entre las garantías de carácter indefinido para los trabajadores que establece el V Convenio figuran:

1.- Garantía del salario calculado en base a los últimos 12 meses, con las revisiones salariales pactadas en el convenio del operador o del sector
2.- Garantía de la misma jornada anual y días de vacaciones que los últimos 12 meses
3.- Garantía de la antigüedad del trabajador
4.- Garantía del mismo tipo de contrato y grupo laboral
5.- Garantía de la revisión salarial establecida en los convenios del operador o del sector, de todos los conceptos
6.- Garantía de los derechos adquiridos sobre el uso de los billetes de avión
7.- Garantía de los planes de pensiones

UGT

Es decir, la nueva situación provocada por la resolución de los concursos del handling de AENA no pone en riesgo ni un solo puesto de trabajo de un solo trabajador de Iberia ni conculca uno solo de sus derechos sociales, laborales, salariales ni extrasalariales. Aun así, los sindicatos deciden convocar huelga en Navidad, con el único fin de causar un daño irreparable a miles de viajeros que pretenden reunirse con sus familiares y amigos de vuelta a casa en estas fechas tan especiales.

Iberia ha explicado durante el proceso de diálogo a los sindicatos mayoritarios por qué el autohandling y la consiguiente subrogación parcial no es una solución viable, pues supondría que permanecerían en el Grupo las personas con mayor antigüedad y, por tanto, las de salarios más elevados.

Eso significaría que los operadores adjudicatarios del concurso contarían con el personal de menor coste salarial, por lo que podrían ofrecer unos precios mucho más competitivos que los que se pueden conseguir mediante el autohandling, creando una brecha de competitividad entre las principales aerolíneas españolas (Iberia, Iberia Express, Vueling) y los operadores internacionales que contrataran con los nuevos operadores ganadores del concurso.

Recibe nuestras noticias por WHASTAPP. Clica en este enlace , después en ‘Seguir’ y activa las notificaciones

Más allá del importante impacto económico de este diferencial de competitividad que impediría cumplir con el nivel de rentabilidad que el grupo tiene comprometido con sus accionistas, si Iberia hiciera autohandling la compañía estaría premiando económicamente a los ganadores del concurso de AENA y a las aerolíneas internacionales con las que compite. Todo ello se traduciría, a la postre, en peores resultados, incapacidad de crecimiento y una amenaza al conjunto de trabajadores en el futuro inmediato.

Para Iberia el handling es un negocio estratégico, alineado con el Plan de Viabilidad aprobado por los accionistas. La compañía se presentó al concurso de AENA con ofertas altamente competitivas diseñadas para ganar. Tras conocer, el 26 de septiembre, que no había resultado adjudicataria del concurso de servicio de tierra en la mayoría de los aeropuertos importantes excepto el de Madrid, Iberia trató de comprobar cuáles eran las causas por las que había perdido, pero tuvo un acceso prácticamente nulo a la justificación de las puntuaciones.

Iberia recurrió al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) para solicitar la suspensión del concurso, su anulación posterior y la repetición del proceso de puntuación. El 1 de diciembre el TACRC se declaró incompetente para pronunciarse sobre el asunto, sin entrar en el fondo de la cuestión, sin valorar si Iberia tenía o no razón.

Después, la compañía ha optado por recurrir a la Audiencia Nacional, solicitando, por un lado, la suspensión de la adjudicación del contrato y, por otro, la anulación de la resolución del TACRC, con el objetivo de que ese tribunal pueda pronunciarse sobre el fondo del asunto y anular la adjudicación del concurso de handling. El recurso se presentó el pasado 5 de diciembre ante la Audiencia Nacional e Iberia permanece a la espera de su decisión.

Sea cual sea ésta, Iberia facilitará, como no puede ser de otro modo, el proceso de la adjudicación de las nuevas licencias; la subrogación consiguiente de sus empleados a los nuevos adjudicatorios; velará porque esta subrogación se produzca de acuerdo a la Ley y con todos los derechos sociales, laborales, salariales, extrasalariales y sindicales garantizados.

Comparte esta noticia