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La Inspección de Trabajo impone una multa a Ryanair por conducta contraria a los derechos de los trabajadores

La Inspección de Trabajo ha dictado una resolución por la cual se impone una sanción de 6.251 euros a la empresa Ryanair por la «carencia de comunicación de desplazamiento transnacional temporal de personas trabajadoras en el marco de una prestación de servicios».

 

La denuncia la interpuso el pasado mes de octubre CCOO de Cataluña, en relación con el personal que la empresa tiene en el aeropuerto de Girona trabajando de forma habitual y continuada en dicha instalación.

La infracción está tipificada y cualificada como muy grave en el artículo 10.3 del texto refundido de la Ley de infracciones y sanciones en el orden social. Según CCOO, esta situación se produce en todas las bases que tiene Ryanair en España. La compañía tiene dados de alta a sus trabajadores en la Seguridad Social de Irlanda, donde paga cotizaciones de menor cuantía.

 

Con la conducta y la actuación de la empresa que la Inspección de Trabajo sanciona, se generaba una grave situación de desprotección de los trabajadores y trabajadoras, a los cuales la empresa mantenía sin protección social, cobertura sanitaria, ni derechos laborales ni sociales. CCOO indica en una nota de prensa que valora muy positivamente la resolución de la Inspección de Trabajo, que pone de manifiesto una reiterada conducta de la empresa contraria a los derechos de los trabajadores.

 

Una situación similar se ha producido hace ya varias semanas en Marsella (Francia), donde ha intervenido la justicia, que ha considerado «trabajo ilegal» el que los empleados de Ryanair coticen en Irlanda y no en Francia. Por este motivo, Ryanair ha anunciado que cerrará su base en Marsella a principios de 2011.

 

Noticia relacionada: «EL COPAC denuncia a Ryanair ante la Inspección de Trabajo», en www.aerotendencias.com.

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