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Pilotos y TCP deberán cotizar en el país «base» de las tripulaciones

El Parlamento Europeo (PE) aprobó ayer un reglamento que permitirá a los miembros de las tripulaciones aéreas, pilotos y tripulantes de cabina de pasajeros (TCP), beneficiarse de la seguridad social del país donde comienzan y terminan su trabajo. «Estas normas mejorarán el funcionamiento del mercado común al reforzar la protección social de un número elevado de trabajadores que operan en distintos países de la UE, como el personal de vuelo y los autónomos», declaró el responsable de este tema en el PE, Milan Cabrnoch. El reglamento se ha adoptado por 540 votos a favor, 19 en contra y 30 abstenciones.

Las nuevas normas introducen el concepto de «base» para determinar el país en que el personal de vuelo tendrá acceso a la seguridad social, independientemente del Estado donde se haya tramitado el contrato. El país «base» de las tripulaciones aéreas será el «lugar asignado por el operador a cada tripulante, en el cual habitualmente este comienza y termina uno o varios períodos de actividad y en el que, en condiciones normales, el operador no se responsabiliza del alojamiento del tripulante».

Hasta ahora, algunas compañías de bajo coste, como Ryanair, han aprovechado una serie de lagunas en la legislación europea para aplicar a sus tripulaciones los regímenes de seguridad social con menos beneficios, sin tener en cuenta el país de base de los trabajadores. Esta normativa tiene como objetivo poner fin a este tipo de prácticas.

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